Buenas tardes, Juan Carlos.
Tienes que separar dos aspectos: 1) Hacienda (agencia tributaria) 2) Seguridad Social (autónomo).
1) En Hacienda debes darte de alta SIEMPRE (más allá de que sea una actividad complementaria a tu otro trabajo estable). Y en cada factura que realices, debes añadir el IVA que luego deberás deducir (así también como el IRPF, pero esto depende del cliente).
2) Darte de alta como Autónomo es un poco más complejo. La ley dice que debes inscribirte cuando realices cualquier actividad laboral con frecuencia, pero no aclara dicha frecuencia (el promedio, digamos). Por lo que si tus ingresos en esta actividad no son superiores a unos 850/900 euros mensuales, no sería necesario darte de alta. Esto es simplemente un comentario, te recomiendo que consultes un asesor financiero para que quitarte las dudas.
Pero Hacienda es obligado y a partir de la primera factura que realices.
Espero haberte ayudado.
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