Hola Carina, es mucho más sencillo de lo que crees.
Básicamente, el derecho penal es la parcela del derecho (o la parte del derecho) que regula las conductas más graves y socialmente más reprochables de los ciudadanos, regula las peores acciones y comportamientos que una persona puede ser capaz de hacer , por ejemplo: matar a otra persona, cometer violaciones sexuales, robar, agredir, estafar, torturar, cometer atentados, etc etc etc ... en definitiva el derecho penal se encarga de crear delitos (que son esas conductas más graves que los ciudadanos pueden llegar a realizar en la sociedad), igualmente, el derecho penal regula también las penas más gravosas y restrictivas de todo el derecho español (como, por ejemplo, las penas de prisión o prisión permanente revisable, privación de la patria potestad, prohibición de aproximación o comunicación a una determinada persona, etc).
Sin embargo, el derecho civil NO crea (tipifica) delitos ni crea penas aplicables a esos delitos, sino que representa la parcela del derecho que regula las actividades más comunes y habituales que una persona puede hacer en sociedad, por ello el derecho civil está compuesto de varios bloques, siendo los más conocidos los siguientes: derecho de familia (divorcios, separaciones, nulidades matrimoniales, filiación, patria potestad, tutela, incapacidades, etc), el derecho de sucesiones (herencias y testamentos cuando una persona fallece), derechos reales (propiedad, posesión, alquileres, hipotecas, etc), derecho de los contratos y obligaciones (regulación de todos los contratos civiles que existen) , etc... en definitiva el derecho civil regula las cuestiones más básicas de nuestro derecho, que son las más habituales en nuestra vida común y cotidiana en sociedad.
Espero haberte ayudado Carina, si necesitas profundizar más sobre esta cuestión, no dudes en escribirme y si te ha parecido útil mi explicación sería genial si me pudieras poner una reseña positiva si lo ves apropiado.
Un saludo Carina.
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